En caso de fallecimiento de cónyuge, conviviente civil, hijo/a, padre o madre reconocidos como carga legal, los trabajadores recibirán un bono de 24 UF brutas. Este beneficio también aplica en caso de hijo mortinato. Para acceder, se debe presentar el certificado de defunción. El pago se gestiona a través del empleador.

Bono de Vacaciones
Pago de 19 UF para trabajadores que tomen al menos 10 días hábiles continuos de vacaciones.


