En caso de fallecimiento de cónyuge, conviviente civil, hijo/a, padre o madre reconocidos como carga legal, los trabajadores recibirán un bono de 24 UF brutas. Este beneficio también aplica en caso de hijo mortinato. Para acceder, se debe presentar el certificado de defunción. El pago se gestiona a través del empleador.

Bono por Fallecimiento de Madre o Padre
Pago de 12 UF brutas para trabajadores por fallecimiento de padre o madre que no sea carga legal.