Preguntas Frecuentes
Preguntas Frecuentes
En esta sección encontrarás respuestas claras a las dudas más comunes sobre beneficios, trámites y situaciones laborales que pueden surgir durante tu vida laboral en el Banco. Nuestro objetivo es orientarte y ayudarte a tomar decisiones informadas, ya seas socio/a o aportante del Sindicato. Si no encuentras aquí la información que buscas, te invitamos a comunicarte directamente con tus dirigentes o con la sede sindical.
¿Qué hacer en caso de Despido?
En SINDIBAE, comprendemos la importancia de estar preparados ante cualquier eventualidad laboral. Por ello, presentamos estas recomendaciones clave para enfrentar de manera adecuada una posible desvinculación:
Antes del Despido
Es esencial contar con una copia de documentos laborales actualizados. Guarde sus contratos de trabajo y anexos, liquidaciones de sueldo de los últimos 24 meses, y el registro de vacaciones pendientes.
Frente al Despido por Necesidades de la Empresa
Si el empleador alega necesidades de la empresa como causal de despido (artículo 161 del Código del Trabajo), debe entregar una carta formal que detalla los montos de indemnización por años de servicio y no aviso. Recuerde que al firmar la recepción de esta carta, usted confirma que la ha recibido, pero esto no implica aceptar la causal del despido.
Frente al Despido por Incumplimiento Grave
En estos casos (artículo 160 N.º 7 del Código del Trabajo), el término laboral se notifica verbalmente. Posteriormente, la empresa tiene un plazo de tres días hábiles para enviar la carta de despido al domicilio registrado en el contrato. Asegúrese de mantener actualizados sus datos personales para evitar problemas.
Luego del Despido
Contacte a cualquiera de nuestros directores sindicales para recibir orientación personalizada. Ellos revisarán su situación y, de ser necesario, le conectarán con nuestro abogado asesor.
Sobre el Finiquito
El borrador del finiquito estará disponible en la notaría el día y hora indicados en la carta de despido. Antes de firmar, tome una foto del borrador con su teléfono y envíela al sindicato. Nuestro equipo revisará los montos, descuentos y contenidos del finiquito, además de orientarlo sobre la conveniencia de incluir una reserva de derechos si fuese necesario.
Recuerde que en SINDIBAE estamos aquí para apoyarlo en todo momento. No dude en contactarnos si necesita ayuda.
¿Qué beneficios existen en caso de fallecimiento de un socio/a o de sus familiares?
El Sindicato SINDIBAE cuenta con un conjunto sólido de beneficios que entregan contención y apoyo económico ante situaciones tan delicadas como el fallecimiento de un ser querido. Estos beneficios tienen dos orígenes: por una parte, están aquellos establecidos en el convenio colectivo; por otra, los que otorga directamente el sindicato a sus socios/as con fondos propios. Esta combinación permite cubrir distintas situaciones, incluyendo la muerte de familiares directos, hijos/as en gestación y del propio socio/a.
Beneficios por Convenio Colectivo
Estos beneficios son otorgados en virtud del convenio firmado entre el sindicato y el Banco de Chile, y están disponibles para los/as trabajadores/as afiliados/as al convenio colectivo.
Bono de Fallecimiento
Se otorgan UF 24 en caso de fallecimiento de su cónyuge, conviviente civil, hijo/a, madre o padre reconocidos como cargas legales.
Bono por fallecimiento de padre o madre (no cargas legales)
Se otorgan UF 12 en caso de que el padre o madre no sean cargas legales.
Permiso con goce de sueldo
- 10 días corridos en caso de fallecimiento de un hijo/a.
- 7 días corridos en caso de fallecimiento de cónyuge o conviviente civil.
- 7 días hábiles en caso de fallecimiento de un hijo en período de gestación.
- 4 días hábiles en caso de fallecimiento de padre, madre o hermano.
Para hacer uso de estos beneficios, es necesario presentar el certificado de defunción correspondiente dentro de los 20 días siguientes al fallecimiento. Le recomendamos contactar a la División de Personas y Organización del Banco para gestionar su solicitud.
Beneficios sindicales directos
Estos beneficios son entregados de manera directa por el sindicato como apoyo adicional en momentos difíciles. Esto solo aplica a socios/as, y no para aportantes/adherentes que no son socios.
- Ayuda por fallecimiento de cónyuge, hijo, padre o madre: $200.000, presentando certificado de fallecimiento y certificado de nacimiento del socio/a.
- Ayuda por fallecimiento de hijo/a mortinato: $200.000, presentando certificado de defunción.
Para acceder a estos beneficios sindicales, debe presentar la documentación correspondiente en la sede del sindicato dentro de los 3 meses posteriores al fallecimiento.
Si requiere más información o apoyo en el proceso, no dude en comunicarse con nuestro equipo sindical. Estamos aquí para acompañarle en este momento difícil.
¿Qué hacer si recibes una carta de amonestación del Banco?
Si recibes una carta de amonestación, recuerda que solo estás obligado/a a firmar su recepción, no su contenido. Este tipo de documento es emitido por el empleador ante lo que considera una falta grave a sus políticas internas, y puede tener consecuencias importantes en tu historial laboral. Acumular una segunda amonestación puede ser utilizado como causal de despido, y también afectar tu posibilidad de recibir aumentos de sueldo, cambios de cargo, traslados o beneficios adicionales.
Ante este tipo de situaciones, es fundamental contactar al Sindicato lo antes posible. Nuestros socios/as cuentan con asesoría legal gratuita para revisar el contenido de la carta, orientarte sobre los pasos a seguir y ayudarte a responder si fuera necesario.
¿Qué debo hacer si me piden firmar un anexo de contrato?
Antes de firmar cualquier anexo de contrato, te recomendamos comunicar la situación al Sindicato. Una vez firmado, el documento tiene plena validez legal y no hay vuelta atrás. Este tipo de anexos se entrega usualmente una vez al año, y si solo incluye el reajuste del IPC, no suele presentar problemas. Sin embargo, si detectas cualquier cambio en tus funciones, cargo, sistema de comisiones u otras condiciones laborales, es clave que consultes con tus dirigentes para revisar el contenido antes de firmar.
¿Para qué sirve firmar la extensión de beneficios del convenio colectivo?
La Ley N° 20.940 permite que trabajadores no sindicalizados accedan a los beneficios de un convenio colectivo, firmando un formulario que autoriza el descuento mensual de la cuota sindical. Esta opción puede ser ofrecida por el empleador en cualquier momento, especialmente cuando se obtiene contrato indefinido.
A quienes acceden por esta vía se les denomina aportantes, y comienzan a recibir inmediatamente los beneficios establecidos en el convenio, aunque no formen parte del sindicato como socios/as.
¿Cuál es la diferencia entre ser socio y ser aportante?
Aunque ambos pagan la misma cuota mensual, los socios del sindicato tienen derecho a votar, participar en asambleas y acceder a beneficios exclusivos, como los préstamos sin interés, ayudas sindicales directas o cupos especiales de indemnización. En cambio, los aportantes solo acceden a los beneficios extendidos del convenio colectivo, sin participación en la vida sindical ni acceso a apoyos financiados directamente por el sindicato.
Si actualmente eres aportante y deseas recibir todos los beneficios de ser socio/a, comunícate con nuestros dirigentes o completa el formulario de afiliación en la siguiente página.