Alianza sindical firmó con el Banco de Chile el nuevo Convenio Colectivo 2026-2029
Posteriormente, al mediodía, se realizó la firma del nuevo Convenio Colectivo en el auditorio del edificio corporativo de calle Estado. En representación de la Alianza participaron dirigentes del equipo negociador, junto a los presidentes de ambas organizaciones…
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Citación Asamblea Nacional presentación propuestas de cierre y votación
septiembre 14, 2026
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@sindicato.sindibae 📢 LA ASAMBLEA DECIDE Tras nueve reuniones de Negociación Colectiva 2026, la Alianza alcanzó propuestas de acuerdo con el Banco que ahora serán presentadas íntegramente a socios y socias. Este lunes 14 de septiembre, la Asamblea Nacional debatirá y votará online, a través de Zoom, su aceptación o rechazo. 🗳️ Tu participación es fundamental en esta decisión. Revisa la nota completa y todos los detalles en nuestro sitio web.
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Preguntas frecuentes
Es un proceso de negociación voluntario entre los sindicatos y el Banco, en el que ambas partes pueden acordar directamente las condiciones, los tiempos y las materias a tratar, sin estar sujetas a los plazos establecidos para una negociación colectiva reglada.
Ambos sindicatos decidieron enfrentar conjuntamente la Negociación Colectiva 2026 para fortalecer su representación y construir una propuesta común. La Alianza reúne a más de 6.200 socios/as y busca negociar con una voz coordinada ante el Banco. Esto es, mas del 70% de los trabajadores del banco con derecho a negociar colectivamente.
Los principales avances serán informados mediante los canales oficiales del sindicato SINDIBAE y Sindicato Banco de Chile. Se comunicarán los hitos relevantes del proceso para que socios y socias puedan conocer oportunamente cómo se desarrolla la negociación.
La participación se desarrolla principalmente a través de las asambleas, instancias informativas y de votaciones que se convoquen durante el proceso. Mantenerse informado/a y participar es un compromiso que debe asumir cada socio y tendrá finalmente la responsabilidad de decidir, con su voto, si se aprueba o no la última propuesta presentada por el banco.
Al tratarse de una negociación no reglada, no existe el fuero legal propio de una negociación reglada. Sin embargo, para resguardar el proceso, se acuerda con el Banco un período de protección durante el cual no se aplican despidos por necesidades de la empresa, causal establecida en el artículo 161 del Código del Trabajo.
Al tratarse de una negociación no reglada, no existe un plazo legal predeterminado para su duración. Los tiempos dependerán del desarrollo de las conversaciones entre la Alianza y el Banco y de los acuerdos que ambas partes puedan alcanzar.
La Alianza y el Banco pueden continuar dialogando y acercando posiciones mientras exista voluntad de ambas partes. Si finalmente no se alcanza un acuerdo, la legislación contempla la negociación colectiva reglada como otro procedimiento, sujeto a plazos, etapas y garantías legales específicas.
Es un beneficio económico que puede acordarse como parte del cierre de una negociación colectiva. Su monto, condiciones, personas beneficiarias y fecha de pago dependen de lo que finalmente se acuerde entre la Alianza y el Banco.
Es un préstamo en condiciones preferentes que forma parte de las materias abordadas en la Negociación Colectiva 2026. Sus condiciones definitivas, montos, plazos y requisitos dependerán del resultado del proceso y del acuerdo alcanzado con el Banco.
Si las partes alcanzan un acuerdo y este es ratificación por los socios y socias en votación nacional, se formaliza el acuerdo mediante la firma de un nuevo Convenio Colectivo. A partir de allí se informan las nuevas condiciones definitivas, la entrada en vigencia de los beneficios acordados y las etapas necesarias para su implementación y seguimiento.