En caso de fallecimiento de cónyuge, conviviente civil, hijo/a, padre o madre reconocidos como carga legal, los trabajadores recibirán un bono de 24 UF brutas. Este beneficio también aplica en caso de hijo mortinato. Para acceder, se debe presentar el certificado de defunción. El pago se gestiona a través del empleador.

Indemnización por Años de Servicio ante Fallecimiento del Socio
Pago completo de indemnización sin tope si el trabajador tenía 11 o más años de servicio.